Un régimen sancionador contra la morosidad empresarial

La necesidad de un régimen sancionador contra la morosidad empresarial

La petición de los empresarios españoles que reclaman la aprobación de un régimen sancionador que persiga la morosidad empresarial, tanto de empresas privadas como de administraciones públicas, se remonta al año 2000. Ahora, con la nueva votación por parte de la Cámara Baja del documento de reconstrucción económica y sus distintas propuestas de mejora de la coyuntura empresarial, estos empresarios tienen ante sí de nuevo la oportunidad de lograr activar dichas medidas de control empresarial.

En declaraciones a Confilegal, nuestra compañera Maribel Vázquez, Socio Director del Área Civil y Mercantil, apunta a los plazos de pago como una de las principales problemáticas detectadas en el tejido empresarial del país: «España es el país de la Unión Europea con los plazos de pagos a proveedores más largos, siendo precisamente dicha morosidad empresarial uno de los principales problemas que señalan las Pymes, y que en la actual situación en la que nos encontramos con el COVID preocupa, si cabe aún más a éstas».

Al respecto, Vázquez considera que «la continuidad de muchas de estas Pymes va a depender de que seamos capaces de adoptar medidas legales contra la referida morosidad, siempre y cuando sean efectivas».

Plan de Reconstrucción Económico y Social 

Nuestra compañera señala que «aprovechando el Plan de Reconstrucción económico y social que se está aprobando ahora en el Congreso se quiere incluir y aprobar en el mismo la enmienda sobre el ‘Régimen sancionador en materia de morosidad‘. Debemos indicar que existe una proposición de ley cuyo trámite de aprobación se inició ya a principios de 2019 y que sigue pendiente de aprobarse».

También recuerda que «la ley vigente actualmente de ‘Medidas de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales’ data de 2004, habiendo sufrido diversas modificaciones, una de ellas en la anterior crisis en el año 2010, ley que por cierto debería ser derogada cuando se aprobase la nueva ley contra la Morosidad».

La lucha contra la morosidad

Como destaca Confilegal, Vázquez considera necesario «que el nuevo sistema de lucha contra la morosidad que se instaure establezca mecanismos eficaces para evitar que las empresas privadas y las administraciones públicas se demoren en el pago de sus obligaciones».

Para nuestra compañera, lo ideal sería interponer «sanciones frente al incumplimiento en el pago a los proveedores en los plazos, algo que parece sí va a recoger, de hecho se prevén multas de hasta un millón de euros, debiéndose además establecer un plazo máximo que sea inalterable por las partes, con esas sanciones». Vázquez también considera que «la nulidad, que ya estaba contemplada en la actual ley, de aquellas cláusulas contractuales que sean abusivas en perjuicio del acreedor, puede ser un aliciente para esperar que podamos controlar la grave morosidad existente en nuestro tejido empresarial».

En definitiva, «es necesario un régimen sancionador riguroso para evitar que las Pymes continúen a la deriva mientras esperan que sus deudores procedan al pago de las deudas, y un control de las medidas que se acuerden con el objetivo de disminuir el plazo en los pagos de las obligaciones«, sentencia. 

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