ERTE y Declaración de la Renta: una combinación peligrosa

ERTE y Declaración de la Renta: una combinación peligrosa

Todas aquellas personas trabajadoras que se hayan visto afectadas por un ERTE deberán tener en cuenta las consecuencias fiscales que dicha situación extraordinaria derivada del coronavirus pueda tener en su declaración de la Renta del ejercicio 2020, la que se presentará entre abril y junio del próximo año 2021.

Como señala nuestro compañero Juan Blanco, Asociado Senior del Área Fiscal, en este artículo que publica Economist & Jurist, «la Dirección General de Tributos ha establecido el siguiente criterio: en caso de personas trabajadoras afectadas por un ERTE que hayan percibido prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), nos encontramos en presencia de dos pagadores distintos: la empresa donde se trabaja y el SEPE (organismo autónomo de la Administración General del Estado).

 ¿Qué implica tener dos pagadores?

Las personas trabajadoras que ingresen menos de 22.000 euros al año no tienen obligación de presentar la declaración de la Renta, pero si tienen dos pagadores ese límite baja a 14.000 euros -en el caso de que las rentas del segundo pagador sean de más de 1.500 euros al año-.

Por tanto, como señala Blanco, «si la suma de los ingresos percibidos por el segundo pagador (SEPE) supera los 1.500 euros, el trabajador estará obligado a presentar la declaración de la Renta si tiene unas rentas totales superiores a 14.000 euros brutos (1.166 €/mes)«.

Otro aspecto que se debe tener en cuenta está relacionado con el hecho de que el empleado haya estado más tiempo en un ERTE que trabajando para su empresa. «En este caso, de conformidad con el art. 96.3.a) de la Ley de IRPF, los pagadores se determinan ‘por orden de cuantía’, siendo el SEPE el primer pagador y la empresa el segundo pagador. Nuevamente, si la suma de las cantidades percibidas del segundo pagador (en este caso, la empresa) supera los 1.500 euros, el contribuyente estará obligado a presentar la declaración de la Renta el próximo año», señala Blanco.

Además de abordar estas cuestiones con ejemplos prácticos, en este artículo nuestro compañero también analiza los casos de rentas no exentas y los diferentes problemas que pueden surgir al contribuyente con las retenciones

Como el propio Blanco apunta, «los ERTES que hayan tenido lugar a lo largo de 2020 tendrán su consecuencia fiscal a partir de abril de 2021, cuando miles de contribuyentes pasarán a estar obligados a presentar la declaración de la Renta, y muchos de ellos con una desagradable sorpresa: sale a pagar,  a pesar de haber sufrido la peor crisis económica del país provocada por el coronavirus».

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